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DOCUMENTO: INFORMACIÓN SOBRE LOS TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS TRANSMITIDA EN VIRTUD DEL INCISO e DEL ARTÍCULO 73 DE LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS (A/50/458)  

El secretario general sigue señalando a España como la potencia administradora del Sáhara en su informe sobre la información que los países que siguen administrando Territorios No Autónomos cuyo proceso de descolonización no ha llegado a término están obligados a transmitirle en virtud del inciso e del Artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas.

Pese a  la obligación que impone la Carta de la ONU a los países signatoarios el Gobierno de España sigue sin transmitir información sobre el Sáhara Occidental de acuerdo con la postura mantenida desde que en 1976 declaró finalizadas sus responsabilidades. El informe recuerda esta declaración unilateral del Gobierno español desentendiéndose de su colonia pero sigue señalando a España como el país que debería transmitir la información relativa a este TNA.

El informe también subraya que, de acuerdo a varias resoluciones, la más reciente de las cuales es la 49/39, de 9 de diciembre de 1994, la Asamblea General ha pedido a las Potencias administradoras interesadas que «transmitan o continúen transmitiendo al Secretario General la información prescrita en el inciso e del Artículo 73 de la Carta, así como la información más completa posible sobre la evolución política y constitucional de los territorios pertinentes».